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miércoles, 5 de diciembre de 2012

Los comics y le ley del libro en Colombia

El 22 de Diciembre de 1993, el congreso de Colombia creó la Ley 98, mediante la cual se dictan normas sobre democratización y fomento de la lectura y venta de libros en Colombia, entre otras cosas, esta ley incluye beneficios tributarios para quienes venden o importan libros al país.

Sin embargo, en esa misma ley, se excluyo de los beneficios a los horóscopos, fotonovelas, publicaciones sobre modas, pornográficas, tiras cómicas o historietas gráficas y sobre juegos de azar. Alguna vez se han preguntado porque los pocos comics que llegan legalmente al país llegán tan caros? esta es la razón; Los importadores deben pagar muchos impuestos al traerlos, lo que hace que una revista delgadita de Spider-Man de unas 25 páginas llegue a costar mas de $30.000 pesos.

Y sabemos que los comics de Spider-Man actuales valen mucho la pena... no. ¬_¬


Desde entonces han habido varias iniciativas, incluyendo una del fallecido Ricardo Espinosa, para que los comics seán incluidos en esta ley, que desde entonces ha impedido que la cultura del comic se popularice en nuestro país y que ya ha tenido a una generación en desconocimiento de las verdaderas aventuras de sus personajes favoritos. Afortunadamente, esta situación cambió la semana pasada, cuando la Corte Constitucional aprobó una modificiación a dicha ley para que las fotonovelas, tiras cómicas o historietas gráficas se consideren dentro del concepto de libros.


1.        Norma acusada
LEY 98 DE 1993
(Diciembre 22)
Por medio de la cual se dictan normas sobre democratización y fomento del libro colombiano
ARTÍCULO 2o. Para los fines de la presente Ley se consideran libros, revistas, folletos, coleccionables seriados, o publicaciones de carácter científico o cultural, los editados, producidos e impresos en la República de Colombia, de autor nacional o extranjero, en base papel o publicados en medios electro-magnéticos.
Se exceptúan de la definición anterior los horóscopos, fotonovelas, modas, publicaciones pornográficas, tiras cómicas o historietas gráficas y juegos de azar.

2.        Decisión
Declarar INEXEQUIBLES las expresiones “fotonovelas” y “tiras cómicas o historietas gráficas” contenidas en el artículo 2º de la Ley 98 de 1993, “Por medio de la cual se dictan normas sobre democratización y fomento del libro colombiano”.

3.        Síntesis de los fundamentos
La Corte constató que la norma acusada establece un trato diferenciado entre, de una parte, los autores nacionales o extranjeros de “libros, revistas, folletos, coleccionables seriados, o publicaciones de carácter científico o cultural” editados e impresos en Colombia, ya sea publicados en base papel o en medios electrónicos; y de otra, los autores nacionales o extranjeros de tiras cómicas o historietas gráficas y fotonovelas editadas, producidas e impresas en Colombia en los mismos soportes. A los primeros, se les considera destinatarios legítimos de los beneficios que contempla la ley sobre democratización y fomento del libro colombiano; en tanto que a los segundos se les priva de manera absoluta de esa posibilidad.
Para examinar si esa diferencia de trato vulnera el derecho de igualdad, la Corte aplicó un test intermedio. El criterio de distinción que la norma prevé entre uno y otro grupo de autores, lo fundamenta el legislador en que las obras a las que otorgan protección y promoción tienen carácter científico o cultural, que en principio resulta acorde con los deberes estatales consignados en el artículo 70 de la Constitución, de promover el acceso a la cultura y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional, al igual que los propósitos previstos en el artículo 71 de la Constitución de incentivar a las personas y a las instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia, la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecer incentivos a personas e instituciones que ejerzan esas actividades, finalidades y propósitos todos amparados por la Constitución.
No obstante, la Corte encontró que el medio empleado no aparece como legítimo, toda vez que el legislador acudió a una exclusión total del ámbito de la ley de fomento del libro, a ciertas especies de creaciones literarias, como las tiras cómicas y las fotonovelas, que de acuerdo con conceptos especializados y estudios de contenido sociológico, histórico y artístico, revisten un importante valor cultural como medios de comunicación de masas, expresiones literarias y herramientas pedagógicas para el acceso al conocimiento, que merecen protección y promoción por parte del Estado. Para la Corte, la exclusión de estas creaciones del concepto de publicación de contenido cultural y su consiguiente sustracción de los beneficios que reporta la ley de fomento del libro y de la lectura, no resulta una medida adecuada y efectivamente conducente para alcanzar fines constitucionales como la democratización del libro y el acceso masivo y generalizado a la ciencia y la cultura. Además, la exclusión de los beneficios tributarios previstos en la Ley 98 de 1993 entraña un palmario desconocimiento de los principios generales de justicia y equidad que deben regir no solamente la imposición de tributos sino las exenciones.
De esta manera, debe entenderse que las fotonovelas, tiras cómicas o historietas gráficas se consideran dentro del concepto de libros, revistas, folletos, coleccionables seriados, o publicaciones de carácter científico o cultural, para efecto de lo previsto en el inciso primero del artículo 2º de la ley 98 de 1993.
Con fundamento en las anteriores consideraciones, la Corte Constitucional procedió a declarar inexequibles las expresiones demandadas del artículo 2º de la Ley 98 de 1993.

Asi que, de ahora en adelante, todos los comics que se traigan al país TIENEN  QUE SER mucho mas baratos, una excelente noticia para todos los sufridos frikis de Colombia que siempre nos quejamos de lo dificil que es conseguir cosas aquí; De hecho, no se si ya comenzó, ya que ayer pude conseguirme una compilación de 4 tomos de la nueva serie de Aquaman en español a solo $18.000 (no jodan, Aquaman es chévere).

3 comentarios:

Anónimo dijo...

RENFIELD:

¿donde la compraste?,¿editorial?

Sir Laguna dijo...

ECC Ediciones Suramérica.

Aquí de repente llego todo Flashpoint y gran parte del nuevo universo DC a una tienda de revistas de costura.

Anónimo dijo...

RENFIELD:

Me dejas boquiabierto...